La Comisión de Población del Senado aprobó recientemente el proyecto referido en el título de este artículo y lo pasó al plenario de esa Cámara. https://www.presidencia.gub.uy/comunicacion/comunicacionnoticias/proyecto-ley-integral-contra-violencia-de-genero-en-plenario-senado
Dicho proyecto fue redactado en sus líneas fundamentales por la ex senadora suplente del Partido Comunista-Frente Amplio, Michelle Suàrez, un transexual de alta exposición mediática, ex asesor lelgal del colectivo “Ovejas Negras”, que proyectó la “Ley de Matrimonio igualitario”, actualmente vigente en Uruguay. Dicha persona, que ocupó muy poco tiempo la banca del Senado como tercer suplente del ex senador Carámbula y además porque fue destituída del Partido Cominista. Por lo que debió renunciar a la misma, al estar imputada en varias causas penales por falsifificación de firmas y prevaricato y que podría quedar inahabilitada como abogado por la Suprema Corte de Justicia en breve.
Ahora el Plenario del Senado deberá votar el referido proyecto en general y en particular.
Nos proponemos en este artículo analizar los aspectos más graves del proyecto de ley, totalmente lesivos de derechos humanos que se dicen defender así como del instituto de la patria potestad y de la salud de los menores, protegidos por la Constitucíón de la República, arts. 40,41 y 44 (https://parlamento.gub.uy/documentosyleyes/constitucion) y por el interés superior del niño previsto por el art. 9 de la Convención de los Derechos del Niño. (https://www.unicef.org/uruguay/spanish/CDN_20_boceto_final.pdf)
El proyecto de ley se enmarca claramente dentro de la ideología de género. expresión del pensamiento relativista, que busca consagrar por ley dicha perspectiva, sin interesarle demasiado si no viola otras normas convencionales, constitucionales o legales ni menos si respeta de verdad el interés superior del menor.
A nuestro juicio los aspectos más graves del proyecto que esperamos no se convienta en ley son los siguientes:
- Que menores de edad puedan acceder al cambio de sexo sin necesitar o aun en contra de la autorización de sus padres.
Adviértase que se trata de un hecho grave en la persona y la salud del menor de edad y que justamente el Código Civil prevé los institutos de protección de menores, patria potestad y tutela, en defensa de quienes, por no tener la madurez suficiente, corporal y mental, no están en condiciones de resolver por sí, con equilibrio, ese tipo de cuestiones.
Dicho de otra forma: si se aprobata esta norma se derogaría prácticamente tanto el instituto de la patria potestad como el de la tutela porque quedarían seriamente afectados, vaciados en gran parte de su contenido.
- Que menores de edad puedan acceder a intervenciones quirúrjicas totales y parciales para adecuar su persona al cambio de sexo, sin autorización de sus padres. Porque ello viola la patria potestad o la tutela. Vale lo dicho para el numeral anterior. Supone derogar los institutos de protección de los menores, creados en beneficio e interés de los propios menores.
- Que menores de edad puedan darse hormonas contrarias a las propias de su sexo, es decir los varones, estrógenos y las niñas, testosterona, con vistas al cambio de sexo, sin el consentimiento de sus padres, Porque ello también viola los institutos de protección de menores, con el agravante de que tales prácticas, está demostrado científicamente, pueden producir la muerte del niño o adolescente, por infarto, entre otras causas.
- Asimismo, si el proyecto se convirtiera en ley, los transexuales, por el mero hecho de serlo, y con independencia de su situación económica, tendrián derecho a recibir del Estado una pensión mensual que pagará el Erario Público, sin siquiera tengan que demostrar que fueron perseguidos o maltratados, que fueron discriminados por el mero hecho de ser transexuales y que por ello no pudieron estudiar o conseguir trabajo; es decir, desarrolar una vida normal. Con lo cual se consagra una responsabilidad objetiva totalmente inadmisible, de la que debe hacerse cargo el Estado.
Es evidente la finalidad buscada por el proyecto en el marco de llevar a la ley los postulados de la ideología de género. Para ella, el sexo no existe, ignora la realidad biológica. Es confesadamente una construcción social, y para ello hay que facilitar y estimular la homosexualidad y la transexualidad.
Las leyes deben buscar el interés generalm No se aprecia de este proyecto que ello sea la meta de la norma sino que más bien, su ausencia resulta patente.
Hemos escrito sobre estos temas y pensamos básicamente esto:
Valoración ético-jurídica de este fenómeno
Algún analista ha dicho recientemente con razón, que esta presión sobre los niños y adolescentes es una forma de corrupción de menores. Y ello porque no están en condiciones de apreciar con madurez sus inclinaciones sexuales, y los padres deberían orientarlos en la afectividad del amor para ayudarlos a que, en todo caso cuando tengan 18 años y sean mayores de edad, puedan decidir por sí mismos si desean someterse a un proceso transgénero.
Pero presionar a los chicos para que piensen en cambiar de sexo por ejemplo en la pubertad es una atrocidad violatoria de los derechos humanos de los menores, que pocos califican como tal por temor a que se los tilde de “políticamente incorrectos”!!!.
La ideología de género además de antinatural, porque niega la realidad en base a su ideología, parece ser totalitaria, porque idear este macabro avance de la transexualidad de los menores es pretender convertir lo excepcional en algo normal y generalizado, lo cual es una forma de pensar poco respetuosa precisamente de la supuesta diversidad que dicen defender!!! No vemos por ahora que ningún organismo internacional de defensa de los derechos de los niños y adolescentes haya salido a oponerse a este atropello de los derechos de los mismos.
Esta actividad, que llegó a varios hospitales recientemente a suspender tratamientos de cambio de sexo en menores de edad, porque en lugar de solucionar algo, lo agravaba todo, debería ser prontamente regulada por las leyes nacionales de los Estados a fin de impedir que se sigan cometiendo atropellos contra el Derecho de los Niños y Adolescentes, en una materia que es de indudable carácter de orden público.
(https://www.academia.edu/34967732/EL_GENERO_NO_BINARIO_, (https://adelantelafe.com/la-ideologia-genero-da-paso-mas-hacia-transgenero/)
Lamentablemente nuestra predicción formulada hace algún tiempo se está cumpliendo, pero a la inversa. En vez de prohibirse la práctica, parece que quiere autorizarse, sin importar la transgresión de la normativa convencional, constitucional y legal citadas.
Carlos Alvarez Cozzi