La reciente sentencia del Tribunal Constitucional italiano que abre la puerta a la adopción internacional por parte de personas solteras ha sido recibida con entusiasmo en ciertos sectores, como un avance en los derechos individuales.
Sin embargo, si se piensa verdaderamente en la protección del menor —que es y debe seguir siendo el eje central del sistema de adopción—, esta decisión no solo plantea serias dudas, sino que se funda en una peligrosa y errónea interpretación del concepto de «derecho».
El problema de fondo estriba en una inversión de prioridades.
Se confunde el supuesto «derecho de un adulto a adoptar» con el verdadero derecho que está en juego: el del niño a tener una familia estructurada, estable y afectivamente completa.
Este derecho no puede ni debe ser reducido al deseo legítimo, pero subjetivo, de un individuo adulto de convertirse en padre o madre.
Convertir en principio jurídico la autodeterminación personal en materia de parentalidad es promover un adultocentrismo que desplaza al menor del centro de la ecuación.
Una realidad que desmiente la necesidad de la ley
La medida resulta, además, innecesaria desde un punto de vista fáctico.
Según los datos de la Comisión de Adopciones Internacionales (CAI), el número de parejas con decreto de idoneidad para adoptar triplica al de niños disponibles para ser adoptados.
En 2022, por ejemplo, hubo 1.462 parejas aptas frente a solo 527 adopciones concluidas. ¿Dónde queda, entonces, la urgencia o necesidad de incorporar nuevas figuras a la lista de posibles adoptantes? ¿Qué hueco real ocuparían los adultos solteros en un sistema ya saturado de familias que esperan con los brazos abiertos?
Más aún, gran parte de los menores adoptables hoy en día son niños con «necesidades especiales»: casos marcados por traumas, enfermedades físicas o trastornos del desarrollo derivados de largos periodos en instituciones. Según la CAI, en 2024, más del 55 % de los niños adoptados requerían cuidados específicos. Ante tal complejidad, no solo se precisa del amor incondicional, sino también de una estructura familiar robusta, compuesta por más de una figura adulta, capaz de afrontar el desafío emocional, físico y educativo que estos menores requieren.
El riesgo de ignorar la voz del menor
Las asociaciones de familias adoptivas han sido claras en este punto. Frida Tonizzo, presidenta de la ANFAA (Asociación Nacional de Familias Adoptivas y de Acogida), retoma el testimonio de adoptados adultos que afirman sin dudar: «Si hubiera podido elegir, habría preferido tener dos padres en lugar de uno solo».
No se trata de despreciar el valor, la entrega o la capacidad de una persona soltera, sino de reconocer que, cuando se habla de menores vulnerables, el ideal sigue siendo el de una familia formada por una madre y un padre, o al menos por dos adultos que se complementen en el cuidado y la educación del niño.
Insistir en que una persona sola también puede ser «idónea» no es falso en términos absolutos, pero el objetivo de la ley no debería ser ampliar los posibles demandantes de adopción, sino garantizar la mejor opción posible para el niño. Y esa opción, en la mayoría de los casos, no es una familia unipersonal, sino una dupla parental que represente un entorno estable, complementario y afectivamente equilibrado.
Una decisión impulsada más por ideología que por necesidad
La sentencia del Tribunal Constitucional apela al artículo 2 y al artículo 117 de la Constitución italiana, en relación con el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, para justificar su decisión.
Pero en esta interpretación prima el enfoque ideológico de los derechos individuales sobre el enfoque pragmático y protector de los derechos del niño.
La idea de que impedir a los solteros adoptar «comprime de manera desproporcionada el interés del aspirante a ser padre o madre» es una formulación jurídicamente débil y éticamente cuestionable. La adopción no es un derecho del adulto; es una necesidad del menor.
¿De verdad estamos dispuestos a convertir la parentalidad adoptiva en una vía de realización personal, incluso a costa del bienestar del niño?
Una falsa solución a un problema más profundo
En vez de expandir las condiciones para adoptar, sería más sensato y eficaz mejorar los procesos de adopción, reforzar los apoyos a las familias que acogen niños con necesidades especiales, y trabajar en cooperación con los países de origen para reabrir canales de colaboración cerrados por desconfianzas o malas prácticas.
La sentencia italiana que permite a las personas solteras adoptar niños extranjeros en realidad refleja una común y grave desatención a la verdadera prioridad: el derecho del niño a una familia completa.
Abrir el camino a la adopción individual no es solo innecesario, sino potencialmente perjudicial. La adopción debe seguir siendo una respuesta al abandono infantil, no una vía de realización personal para los adultos. Defender este principio no es un retroceso, sino un acto de responsabilidad.