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El Tribunal Constitucional español y el Tribunal Supremo de EEUU. ¿Quién garantiza el estado de Derecho Constitucional?

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La sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos, que deja sin efecto la famosa sentencia Roe Vs Wade, que permitía abortar hasta una fase muy avanzada de la gestación, está siendo continuamente descalificada como una especie de atentado a la democracia, un actuar al margen de la voluntad popular, una manifestación contraria a los derechos, y todo lo que se pueda pensar e imaginar de malo. Son unas críticas que no se fundamentan en los hechos, sino que simplemente parten del criterio de, descalifica masivamente que siempre algo queda.

La sentencia del TS de Estados Unidos es ejemplar por diversas razones. Primera porque se fundamenta en la Constitución, y rechaza aplicar aquello a lo que era tan aficionado el juez Garzón, de la justicia creativa, que consiste en adecuar las sentencias a las particulares creencias del juez de turno.

En ningún caso aquella sentencia deroga el derecho al aborto, porque lo que hace es afirmar la evidencia de que tal derecho no está contemplado en la Constitución de Estados Unidos, ni se puede inferir a partir de ella. De acuerdo con la condición federal real de aquel país, devuelve la capacidad legislativa sobre esta materia a los estados miembros, lo que, sea dicho de paso, es una manifestación democrática, porque acerca la decisión a las gentes en lugar de alejarlas.

Apuntemos de paso que lo menos democrático de todo son las ensalzadas decisiones de la Comisión Europea, que solo responden a su real entender, el de un órgano que carece de toda representatividad. No es un dato menor que, además, el más alto Tribunal de Estados Unidos resuelva los casos por complicados que sean en los plazos establecidos y previsibles.

Ahora veamos el comportamiento del tribunal español, que tiene como misión garantizar el cumplimiento de la Constitución, ante un tema idéntico: el aborto.

Hace 12 años, 12, que el Tribunal Supremo tiene pendiente de resolver el recurso presentado por diversos motivos por el Partido Popular ante la vigente ley del aborto. El motivo más espectacular es porque la legislación vigente no contempla en absoluto la jurisprudencia del propio tribunal cuando dictó sentencia sobre el recurso interpuesto ante la primera ley del aborto de 1985. En este texto se reconocía la existencia del nasciturus, portador de unos derechos propios, ignorados totalmente en la actual legislación española. Miembros de este tribunal no se han recatado en declaraciones a los medios de comunicación de informar que no se había abordado en más de una ocasión dicho recurso, porque la correlación de fuerzas dentro del propio tribunal no era la adecuada para abordar este problema.

12 años sin tratar un tema tan importante constituye un escándalo constitucional y cuestiona la naturaleza de esta institución, su función real y su objetividad.

Pero por si esto fuera poco, ahora han vuelto a tomar una decisión que todo lo empeora y además la asumen a bombo y platillo, lo que significa que no tienen conciencia del abuso que cometen. Concretamente El País, el periódico del poder, dedicaba el pasado 2 de julio una página entera a informar: “El Constitucional aparca las grandes sentencias pendientes hasta ser renovado”. “Los magistrados quieren evitar fracturas internas sobre el aborto o la eutanasia” y seguía. “Esta estrategia pasa por guardar en un cajón, por tiempo indefinido (al menos hasta que el tribunal sea renovado en su composición), los recursos relativos a las materias más controvertidas que tienen pendientes”, y señalaba cuáles eran. La reforma educativa de la ley Celáa, la ley de la eutanasia y lógicamente la de los 12 años aborto.

La justicia lo es, cuando cumple con su misión, juzgar los hechos a partir de los propios hechos, sin dejarse guiar por ningún criterio de oportunidad. La justicia no es mejor porque sea oportuna, y esto es tan evidente que su propio símbolo muestra la figura de una mujer con la venda en los ojos, que señala exactamente esto. ¿Qué confianza podemos tener en un Tribunal Constitucional que se mueve por criterios ideológicos y de oportunidad? ¿Qué valor tendrán las sentencias sobre estos temas cuando se dicten, si lo que hacen es darle la razón al poder establecido, es decir a las leyes, porque en definitiva esta es la causa de todos los retrasos?

Que los jueces discrepen entre sí a la hora de dictar una sentencia no es ninguna novedad y forma parte del sistema. Disponen de los mecanismos suficientes para presentar su discrepancia en forma de voto diferenciado, hacerla pública y darla a conocer, pero esta discrepancia nunca puede representar guardar en un cajón los recursos que deben resolver.

Mientras que el Tribunal Supremo de Estados Unidos demuestra, con hechos, que es garante de la Constitución y de sus exigencias, el Tribunal Constitucional español, lo que nos dice es que para cuestiones fundamentales, donde están en juego los intereses del poder establecido, la Constitución y los derechos que de ella emanan no existen, y esto es muy grave para el presente y el futuro del país, y significa un precedente inaudito, que puede llegar a tener graves consecuencias para la democracia y el buen funcionamiento de las instituciones. El estado de derecho está en peligro, lo malo es que este riesgo surge del seno de las propias instituciones que deberían garantizarlo: Gobierno, Congreso de los Diputados, y Tribunal Constitucional.

Esta estrategia pasa por guardar en un cajón, por tiempo indefinido (al menos hasta que el tribunal sea renovado en su composición), los recursos relativos a las materias más controvertidas que tienen pendientes Share on X

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