El pasado viernes la policía obligó a las escasas personas que participaban junto al clero en los Oficios de la Pasión del Señor en la Catedral de Granada a abandonar el templo. El vídeo que ha circulado en las redes muestra lo especialmente desafortunada que fue la intervención policial, pues en lugar de actuar antes de que comenzase la ceremonia, la interrumpió a mitad, obligando al Arzobispo a pedir tras la homilía a los 20 fieles que abandonasen la Catedral (con capacidad para más de 900 personas).
Tal y como recuerda el informe facilitado por e-Cristians, la actuación de la policía, además de desafortunada, ha sido ilegal: 1º Porque bajo estado de alarma no se puede, en ningún caso, suspender el derecho a la libertad religiosa (Art. 55 de la Constitución). 2º Porque el contenido de dicho derecho conlleva el de participar en las celebraciones (Art. 2 de la Ley Orgánica de Libertad religiosa). 3º Porque el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, reconoce el derecho a participar en celebraciones bajo el único requisito de que se limite el aforo y se respeten las distancias de seguridad (Art. 11). Además, conectado el Art. 11 con el 7, hay que entender que la asistencia a celebraciones en la Iglesia es uno de los supuestos en los que está permitido salir de casa, pues como indica el informe “debiera entenderse el desplazamiento para asistir al culto dentro de aquellas “cualquier otra actividad de naturaleza análoga” a que se refiere el artículo 7.1 h)”.
Pese a que la razón asistía a los fieles, obedecieron mansamente. Ello impedirá obtener una resolución judicial anulando las actuaciones policiales, dado que suponemos que la policía no procedió a denunciarles, de modo que no cabrá recurrir la multa.
Sin embargo, lo ocurrido no impide otras actuaciones, como denunciar a las autoridades competentes por interrupción del culto (como ha hecho Abogados cristianos), presentar las correspondientes quejas ante el Defensor del Pueblo, o solicitar a los grupos políticos que presenten preguntas parlamentarias que obliguen al Gobierno a dar las explicaciones pertinentes en sede parlamentaria.
Se sigan o no estas vías, lo cierto es que la actuación de la Delegación del Gobierno en la Catedral de Granada, merece el reproche público. Si no se ha optado por introducir mayores restricciones en la ley, no es de recibo que se proceda de forma diferente a como ordena la misma. Lo contrario erosiona lamentablemente nuestro Estado de Derecho.
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2 Comentarios. Dejar nuevo
Muy apropiado el comportamiento del sacerdote, ahora a exigir el estado de derecho
VOX es el único partido que ha planteado inciativas parlamentarias en el Congreso para condenar la vulneración del derecho a la libertad religiosa y para exigir responsabilidades al gobierno.