Este año la cita por la vida cobra más importancia que nunca y hay que dar razón de ello, de ahí que sea necesario afirmar que el día 12 de marzo todos debemos acudir a Madrid a la gran manifestación por la vida. Su defensa es un compromiso perenne.
Entonces, ¿qué tiene de extraordinaria esta ocasión?
En primer lugar, por la nueva ley, más brutal todavía que la precedente, incluso desde la perspectiva de quienes asumen el aborto, porque suprime todo periodo de reflexión, prohíbe toda información previa sobre alternativas al homicidio que se va a cometer, se liquida el derecho constitucional a la libertad de conciencia y el de los padres sobre las menores de edad, que pueden abortar sin su autorización.
La segunda, causa de excepción, es que el Tribunal Constitucional, en su nueva composición donde los miembros que representan al partido del gobierno son mayoría y actúan sin cortapisas de pretendida objetividad, han declarado constitucional toda la ley precedente, la llamada “Ley Aído”, por la ministra que la impulsó, a pesar de que es evidente que hay artículos de flagrante inconstitucionalidad. Pero, ¿qué importa? Lo que cuenta es servir al poder. De esta manera, el artículo 15 de la Constitución, que establece el derecho a la vida y que dio pie a que la precedente sentencia del TC, sobre la mucho más moderada ley de supuestos, la primera que se aprobó en España, estableciera que existía el nasciturus como un bien constitucionalmente protegido, haya desaparecido por completo. De esta manera el más alto tribunal se pasa por el forro su propia jurisprudencia.
La tercera, por cuanto para preservar la mayoría favorable al gobierno, los miembros del tribunal, contaminados por actuaciones previas sobre la ley que iban a juzgar, se negaron en un gesto insólito a ser recusados e incluso prohibieron la retirada de uno de los cuatro magistrados, que sí asumía, como es habitual, la recusación. De esta manera, establecen un pésimo precedente que descalifica a la instancia que en último término debería proteger los derechos constitucionales, confiriendo a la decisión sobre el aborto, ya de por sí grave, una dimensión que afecta a los fundamentos del estado de derecho.
En definitiva, este año chocamos ante dos desafueros que han liquidado el estado derecho. Declarar constitucional una ley que no lo es, al menos en algunos de sus aspectos de acuerdo con la jurisprudencia del propio tribunal, y vulnerar todo principio de independencia y neutralidad formal en su actuación, revistiendo, eso sí, de legalidad sus arbitrariedades. En esto no se diferencia de los regímenes totalitarios, que siempre son, no lo olvidemos, regímenes de leyes.