El calendario electoral importa más que el fiscal. ¡A quién ostenta el mando y no tanto al contribuyente! Pues le urge más- al primero– lo primero que lo segundo. Esta primavera 2019 tiene saturación electoral. El calendario fiscal es muy homogéneo año tras año, gobierne quien gobierne, y las normas de procedimiento son muy transparentes. Ya he hablado del tema en otras ocasiones. A modo de resumen: A) La retención fiscal en nómina no tiene en cuenta la situación fiscal del otro cónyuge que no percibe emolumentos. B) Pues en caso de cónyuge “sus labores no remuneradas” o “ITP ex labores remuneradas” hay tres puntos fiscales a devolver en la próxima declaración de renta conjunta matrimonial. Desde que soy pensionista ITP me complace y a veces me urge declarar el primer día hábil para obtener cuanto antes la devolución de la cantidad fiscal retenida con improcedencia de devengo.
Aunque no lo opinen en abierto, son muchas las personas que declaran in situ o por internet (como yo) el primer día hábil. Este año 2019 como novedad fiscal ejercicio 2018 está el retraso homologado de inicio de campaña declarante. O sea el día 2 de abril y no antes. ¿Qué día es hoy? El funcionario/a de turno AEAT ¿se lo está pensando o está saturado? La única corrección practicada en mi borrador es el marcaje de las dos crucecitas del 0,7. Por defecto vienen fiscalmente desmarcadas año tras año (Nota bene). Es lo único que corrijo. Una vez confirmado telemáticamente el borrador me lo imprimo y me lo guardo. En cosa de 10 o 15 días máximo la cantidad a devolver ya está abonada en la cuenta corriente matrimonial. ¡En años anteriores ha sido así pero no en este 2019!
Seguramente el calendario electoral 2019 está influyendo en el fiscal ejercicio 2018. El período contributivo de declaraciones de renta ha empezado más tarde. Por lo que veo el devolutivo también va más tarde. Ya ven que sin decir nada concreto estoy diciendo mucho. Mirándolo en positivo la devolución anual viene a ser como una paga extra fiscal sin fecha de devengo.
Nota bene- ¿Para cuándo, en anuncios televisivos y de prensa CEE (Conferencia Episcopal Española), indicación clara de que la Agencia Tributaria desmarca las crucecitas del 0,7 marcadas ejercicio tras ejercicio gobierne quien gobierne? ¿Por qué deben marcarse de nuevo en cada nueva declaración fiscal gobierne quien gobierne? ¿Y por qué una declaración presentada el día 2 de abril de 2019 a las 8:45:17 está en tramitación el día 30 de abril de 2019 a las 15:23?
4 Comentarios. Dejar nuevo
Sigue estando en tramitación a las 11 a.m. de hoy miércoles 08-05-2019.
Y lo sigue estando a las 11:30 a.m. de hoy lunes 13-05-2019, Con la referencia Renta y el número de expediente es suficiente para conectarse a la AEAT (yo y todo ciudadano/a) y verificar que está en trámite. Por si acaso el duende fiscal me la deja fuera de trámite, me conecto diariamente de lunes a viernes no festivos desde el día 2 de abril de 2019. El agobiante calendario electoral primavera 2019 no justifica este retraso 2019 AEAT. ¡Primera vez que me acontece!
La AEAT dispone legalmente de 6 meses para abonar una declaración a devolver al contribuyente. Seis (6) meses a partir del último dia hábil. Seis (6) meses a partir del 30 de junio. Es gratamente reconfortante conectarme diariamente de lunes a viernes desde el primer día hábil y verificar que mi declaración negativa a devolver está en trámite. Si Hacienda no tiene prisa en atenderme y en pagarme , yo tampoco en cobrar. Ya llegará el día. Celebro que este escrito mío siga creciendo en número de accesos.
Y por fin llegó el día. En concreto en esta semana que acaba. Por fin carpetazo a la declaración ejercicio 2018. Para la del ejercicio 2019 me la miraré detenidamente.