Es una obviedad desde la perspectiva del derecho comparado, que la ley Zapatero sobre la violencia de género, asumida por el gobierno del PP, es una anomalía democrática. Ningún otro país europeo sanciona para un mismo delito de forma desigual en función de si se es hombre o mujer en los conflictos de pareja, que ahora, además, pretenden extenderse a todo delito en el que la víctima sea la mujer. Tal cosa no existe porque aplica un trato desigual, porque la justicia ya tiene en las figuras concretas que agravan las penas los recursos necesarios para sancionar más los abusos de fuerza, la respuesta violenta, los daños cometidos, el abuso de confianza… Pero, con la ley española lo que se hace es prejuzgar a todos los hombres y abrir una causa general contra todos ellos. No importa si el hombre es mucho más viejo que la mujer, es débil o está enfermo: de entrada, su culpa será mayor.
El cuadro adjunto permite constatar el trato asimétrico, es decir, injusto:
Obsérvese que la pena para los hombres es siempre mucho mayor. En el caso más “suave”, las amenazas leves, para el hombre se dicta siempre prisión, que puede llegar a ser de un año. Para la mujer, por el mismo delito, solo se le impone “localización permanente” como máximo de 30 días. En el caso de las lesiones graves el hombre entra en la cárcel seguro y podrá pasar en ella 2 años. La mujer, por lo mismo, solo serán tres meses y por tanto quedará en la calle. Esta legislación explica por qué el segundo grupo más numeroso de encarcelados son hombres, solo por detrás de los delitos contra la salud pública, básicamente droga. Y esto permite también inflar el globo de la criminalización del hombre, no porque su delito con relación a la mujer sea más violento que el que pueda cometer ella, sino porque la pena es mucho mayor por ser hombre.
Ahora mismo una sentencia del Tribunal Supremo ahonda el problema y asienta la jurisprudencia:
Todo empezó porque en primera instancia la trifulca de la pareja en la que no se produjeron daños terminó con la absolución de los dos, pero la mujer recurrió y el resultado es este. Obsérvese lo que dice porque establece una justicia arbitraria: “Si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer”. Lo que se está diciendo, en cristiano, es que una mujer puede agredir a su pareja y si esta responde a la agresión, aunque sea la parte más débil, como no se considera que deba existir un comportamiento de dominación, sino que basta con que sea un hombre quien ejerza la respuesta, será considerado violencia de género, mientras que en el caso de la mujer nunca los será ¿No les parece un incentivo formidable para el abuso y arbitrariedad en los conflictos de pareja? ¿No se está creando en cuanto a sus derechos una nueva versión de la servidumbre que, en caso de conflicto contra el señor siempre se partía del principio de obediencia al mismo? ¿No es la misma lógica que rige en una pelea con un agente de la autoridad, que posee una mayor protección -solo en el ejercicio de su cargo- que un ciudadano cualquiera?
Los políticos españoles, PP, Ciudadanos, PSOE como autor necesario, Podemos, son responsables de una legislación que ha transformado a los hombres en ciudadanos de segunda en sus conflictos con la mujer.
Se la podía proteger igualmente con el uso del agravante, si era el caso. Pero no, se hizo de esta forma tan escandalosamente injusta por una razón: Porque esta ley, como otras, se diseñó a partir de la ideología y consecuencias políticas de la perspectiva de género, que determina la existencia del “patriarcado” y la culpabilidad de todos los hombres por el simple hecho de serlo.
Mientras estas leyes imperen en España, mientras una ideología de parte, una creencia concreta se haya convertido en doctrina de estado, este país sufrirá un cáncer como democracia y como Estado de derecho.