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La ONU ratifica el “NO” a toda clonación humana

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En lo que se puede considerar como una contundente victoria de los grupos pro vida, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha ratificado este martes, 8 de marzo, la Declaración sobre Clonación de Seres Humanos en la que se insta a los estados miembros a prohibir todo tipo de clonación y que fue aprobada el pasado 18 de febrero por el Comité Legal. En el texto se especifica que “Los Estados Miembros habrán de prohibir todo intento de crear vida humana mediante procesos de clonación y toda investigación realizada con el fin de lograr este objetivo”.

Tras un intenso debate, la resolución ha sido aprobada por 84 votos a favor, 34 en contra y 37 abstenciones, un resultado que mejora el anterior obtenido ante el Comité Legal de la Asamblea, que dio como resultado 71 votos a favor, 35 en contra y 43 abstenciones.

Los países miembros también deberán “adoptar las medidas necesarias a fin de prohibir las aplicaciones de las técnicas de ingeniería genética que puedan ser contrarias a la dignidad humana”.

España, de espaldas a la ONU

España ha dado la espalda a la decisión de la ONU y se ha opuesto al texto aprobado, argumentando que es confuso “en el juego de términos” y carente de una base sólida. En concreto, la delegación española considera que el término “vida humana” puede generar confusión y, por tanto, ser objeto de interpretaciones diversas. “España tiene una clara preferencia por la expresión ‘ser humano’, que es la empleada en los debates científicos y políticos”, alegan los representantes españoles en la Asamblea.

La posición española con respecto al tema de la clonación ha variado con el cambio de inquilino en La Moncloa. Con el Ejecutivo del Partido Popular, España estaba al lado de Costa Rica y Estados Unidos, los máximos defensores de una total prohibición, incluyendo la clonación terapéutica. Con el cambio de Gobierno, la abstención fue la siguiente postura. 

Ahora, el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero ha optado por rechazar la declaración definitiva que, además de prohibir todo tipo de clonación, insta a los Estados Miembros a asegurarse de que, “al aplicar las ciencias biológicas, se respete en todo momento la dignidad humana y, en particular, no se explote a la mujer”, tal como se puede constatar en la resolución, que reproducimos a continuación.

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS

 

14 de enero de 2005

 

Quincuagésimo noveno período de sesiones

Sexta Comisión

Tema 150 del programa

Convención internacional contra la clonación de seres humanos

con fines de reproducción

 

Italia: proyecto de resolución

 

Declaración de las Naciones Unidas sobre Clonación de Seres Humanos

 

La Asamblea General,

 

Recordando su resolución 53/152 de 9 de diciembre de 1998, en la que hizo suya la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos (1)

 

Aprueba la Declaración sobre Clonación de Seres Humanos que figura en el anexo de la presente resolución.

 

Anexo

Declaración de las Naciones Unidas sobre Clonación de Seres Humanos

 

La Asamblea General,

 

Guiándose por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,

 

Recordando la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura el 11 de noviembre de 1997, y, en particular, su artículo II según el cual no deben permitirse las prácticas que sean contrarias a la dignidad humana, como la clonación con fines de reproducción de seres humanos,

 

Recordando también su resolución 53/152 de 9 de diciembre de 1998, en la que hizo suya la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos,

 

Consciente de las cuestiones éticas que algunas aplicaciones de la rápida evolución de las ciencias biológicas plantean con respecto a la dignidad del género humano, los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona,

 

Reafirmando que las aplicaciones de las ciencias biológicas deberían tratar de mitigar los sufrimientos y mejorar la salud de la persona y la especie humana en general;

 

Haciendo hincapié en que el avance científico y técnico de las ciencias biológicas debería promoverse salvaguardando el respeto de los derechos humanos y el beneficio de todos,

 

Consciente de los graves peligros médicos, físicos, sicológicos y sociales que la clonación humana puede entrañar para quienes participan en ella y consciente también de la necesidad de asegurar que la clonación de seres humanos no dé lugar a la explotación de la mujer,

 

Convencida de la urgente necesidad de prevenir los posibles peligros de la clonación de seres humanos para la dignidad humana;

 

Declara solemnemente lo siguiente:

 

a)        Los Estados Miembros habrán de prohibir todo intento de crear vida humana mediante procesos de clonación y toda investigación realizada con el fin de lograr este objetivo;

b)        

c)        Los Estados Miembros habrán de asegurar que, al aplicar las ciencias biológicas, se respete en todo momento la dignidad humana y, en particular, no se explote a la mujer;

d)        

c) Los Estados Miembros habrán también de promulgar y aplicar legislación nacional para poner en práctica los apartados que anteceden;

 

d) Los Estados Miembros habrán además de adoptar las medidas necesarias a fin de prohibir las aplicaciones de las técnicas de ingeniería genética que puedan ser contrarias a la dignidad humana.

 

(1) Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Actas de la Conferencia General, 29″ reunión, vol. I, Resoluciones, resolución 16.

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