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El peligro de priorizar la autodeterminación de género sobre la protección de los menores

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El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener la suspensión cautelar de la reforma de la ley trans de la Comunidad de Madrid que exigía un examen médico previo para que los menores trans con alguna patología pudieran acceder al tratamiento hormonal. Esta medida, adoptada tras un recurso del Gobierno central, ha generado un intenso debate sobre la protección de los menores y la autodeterminación de género.

Sin examen médico previo

La reforma de la ley trans madrileña, aprobada en diciembre de 2023, introducía la necesidad de un «examen previo» por parte de profesionales de salud mental infanto-juvenil antes de iniciar tratamientos hormonales en menores. Además, en casos de comorbilidad, se requería un informe favorable del profesional que tratara dichas patologías. El objetivo declarado era garantizar un acompañamiento adecuado y proteger la salud de los menores en procesos de transición de género.

Sin embargo, el Gobierno central interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra esta reforma, argumentando que vulneraba derechos fundamentales y contradecía la legislación estatal. El TC, al admitir a trámite el recurso, suspendió cautelarmente los artículos impugnados, incluyendo el requisito del examen médico previo. Recientemente, el Pleno del TC ha decidido mantener esta suspensión, considerando que la medida afecta a la libertad de autodeterminación de los menores.

Esta decisión revela un gran peligro pues el hecho de eliminar el requisito de un examen médico previo podría exponer a los menores a tratamientos hormonales sin una evaluación adecuada de su salud mental y física. Es necesario un acompañamiento profesional para garantizar decisiones informadas y evitar posibles arrepentimientos futuros.

¿Derecho de autodeterminación o destrucción de la persona?

Por otro lado, defensores de los derechos trans celebran la decisión del TC, considerando que facilita el acceso de los menores a tratamientos hormonales y respeta su derecho a la autodeterminación de género. Sostienen que los requisitos médicos previos pueden ser una barrera innecesaria y estigmatizante para los menores trans.

Es relevante mencionar que, a nivel estatal, la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, conocida como «Ley Trans«, permite la autodeterminación de género sin necesidad de informes médicos o psicológicos. Esta ley ha sido objeto de debate y controversia, especialmente en lo que respecta a su aplicación en menores de edad.

La decisión del TC de mantener la suspensión del examen médico previo en la ley trans madrileña refleja el combate abierto entre la protección de los menores y el respeto a su autodeterminación de género. Es urgente replantear el debate y reflexionar sobre cómo proteger verdaderamente a los menores frente a la imposición de procesos de transición de género, priorizando su bienestar integral y evitando decisiones precipitadas e irreversibles.

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