En el primer artículo de esta serie nos ocupamos de la figura de Hans Küng y de su papel como gran «patriarca» de una línea de pensamiento y de acción que ha ejercido una amplia influencia en bastantes sectores del catolicismo mundial y especialmente (y con gran intensidad) en Alemania. Sin el precedente de la teología y la actuación de Küng, al que hemos presentado como figura arquetípica y ejemplar (pero no única) de una tendencia, el proceso llamado «camino sinodal» sería impensable.
En el presente artículo trataremos de un hecho que desencadenó este proceso o por lo menos le sirvió de pretexto.
Es septiembre de 2018 se hizo público en Alemania el llamado Estudio MHG (por las universidades que participaron en su elaboración: Mannheim, Heidelberg, Giessen). Se trataba de una investigación sobre los abusos sexuales de menores cometidos por miembros del clero diocesano en la Iglesia alemana.
Realizó esta investigación un equipo de profesores de psiquiatría y criminología por encargo de la Unión de Diócesis Alemanas, organismo vinculado a la Conferencia Episcopal. El estudio se centraba en el abuso sexual de menores cometido por sacerdotes, diáconos y miembros varones de congregaciones religiosas adscritos al clero diocesano.
Como investigación «unitaria» el estudio casi no existe, ya que consta de siete proyectos parciales independientes entre sí que tratan de diversos aspectos, desde la metodología que se empleará en el trabajo hasta entrevistas con acusados y víctimas. El núcleo está constituído por el sexto proyecto parcial, que engloba los datos estadísticos.
El primer problema es que las investigaciones no contaron con una base estadística homogénea.
En primer lugar, se dispuso de todas las actas referidas a presuntos abusos sexuales contenidas en los diversos archivos de las 27 diócesis alemanas. Entre estos documentos se incluían las solicitudes de indemnización presentadas por presuntas víctimas, como consta en la pág. 250 del informe. En un número no determinado de casos estas solicitudes de indemnización eran el único documento en que constaban los presuntos abusos.
En realidad, como indica en un artículo crítico el teólogo y psiquiatra Dr. Manfred Lütz (médico jefe en el Hospital Alexianer de Colonia), en un 50% de los casos la Iglesia pagó las indemnizaciones sin que hubiera otra referencia documental a la facticidad de los abusos que la propia denuncia.
Por su parte, el psiquiatra y neurólogo profesor Horst Gann señala el hecho de que la Iglesia ofreciera indemnizaciones de entre 5.000 y 10.000 € a los damnificados, lo que sin duda animaría a presentar denuncias falsas. El Dr. Lütz también subraya el desorden y la falta de sistema de las diócesis en la redacción y conservación de los documentos que han servido de base al estudio y que perjudican seriamente sus fundamentos.
Además de las actas relacionadas con casos de presuntos abusos, en 10 diócesis se realizó una investigación prospectiva, en la que se tuvo en cuenta el total de la documentación de personal, en busca de datos sobre abusos, hubiera o no sospecha previa. Siendo estas diócesis estadísticamente representativas para todo el país, los indicios sobre abusos descubiertos en las actas «normales» de personal, fueron porcentualmente aplicadas, es decir extrapoladas, al resto de diócesis.
Así pues, las cifras de casos presentadas por el estudio no son necesariamente reales, sino una aproximación hipotética, en teoría estadísticamente representativa.
No faltaron documentos que, según afirman los autores del estudio, habían sido previamente manipulados o mutilados. Tampoco gozaron los investigadores de una misma forma de acceso a todos los archivos, pues algunas diócesis se mostraron más abiertas y otras más reservadas.
El período histórico objeto de estudio no hacía referencia a la fecha en que se habrían producido los abusos, sino a la fecha en que vivieron las personas acusadas
El período histórico objeto de estudio no hacía referencia a la fecha en que se habrían producido los abusos, sino a la fecha en que vivieron las personas acusadas. Es decir, se estudió a acusados que habían vivido entre 1946 y 2014. En consecuencia, se contabilizaron actos de abusos anteriores cometidos a partir de la década de 1910 (en el informe ni siquiera se precisa el año exacto del caso más antiguo) y hasta 1945, pero no todos, sino sólo los debidos a personas que aún vivían en 1946.
No se incluyeron en el estudio datos procedentes de archivos de congregaciones religiosas, por lo que todos los abusos cometidos por mujeres quedaron fuera de la investigación. Lo más llamativo es que tampoco se hizo distinción entre personas acusadas de abusos y personas cuya culpabilidad hubiera sido probada.
Esta misma sexta parte del estudio da como resultado estadístico que en el período mencionado 3.677 menores fueron objeto de abusos sexuales de diverso grado presunta o realmente por parte de 1.670 clérigos. No todos los abusos considerados están tipificados como delitos. Aunque los autores reconocen que los clérigos en muchos casos solamente fueron acusados sin que se demostrara su culpa y aunque no descartan la posibilidad de que hubiera denuncias falsas, consideran que estos casos son numéricamente residuales.
Por otra parte, sostienen que la «cifra negra» tiene que ser muy superior, conclusión muy razonable desde el punto de vista criminológico. Lo problemático es que, haciendo referencia a esta cifra negra, el estudio no haga siquiera una apreciación aproximada de su mínimo y su máximo posibles. La cifra es tan negra que ni los investigadores se toman la molestia de evaluarla con toda la reserva y prudencia del caso. De este modo, sobre esa cifra negra puede cada uno especular como le plazca.
Sin aportar ningún dato, simplemente porque el porcentaje de acusados entre los diáconos es menor que entre los sacerdotes, se concluye que el celibato podría ser factor de riesgo (págs. 254-255).
Igualmente se sostiene que un sistema de poder asimétrico (¿es que hay una jerarquía de poder «simétrica»?), un sistema cerrado, abuso del poder clerical, una moral sexual restrictiva (¿puede haber alguna moral que no establezca restricciones?), una actitud problemática hacia la homosexualidad (¿problemática por qué, en qué sentido?), y una relación también problemática con el celibato y el secreto de confesión (que habría impedido que el confesor denunciara al abusador ¡faltaría más!) podrían ser factores que favorecieran los abusos.
El estudio no afirma categóricamente que estos aspectos tengan que ver con los abusos, pero la insinuación es tendenciosa
El estudio no afirma categóricamente que estos aspectos tengan que ver con los abusos, pero la insinuación es tendenciosa. Por otra parte, estas suposiciones no se basan en ningún argumento, en ninguna investigación, son lugares comunes que se intercalan en un estudio que trata de otra cosa y que debería atenerse a estrictas normas científicas. La contradicción es total cuando se reconoce que no existen investigaciones que se hayan ocupado de estudiar las constelaciones de factores específicos que favorecen los abusos en otras instituciones. En realidad, ni siquiera existen datos de cantidad o frecuencia de abusos en esas otras instituciones o medios, como se reconoce en la pág. 254.
Una de las contradicciones más llamativas, por no decir grotesca, del estudio es la afirmación tajante de que la homosexualidad no favorece los abusos sexuales a menores, si bien, según las investigaciones de los autores, un 62% de las víctimas eran varones y sólo un 38% mujeres, siendo los abusadores varones sin excepción.
Tratándose de un estudio que abarca casos en un período de un siglo y teniendo en cuenta los gigantescos cambios acaecidos durante este periodo (en la sociedad, la cultura, la ética, el papel de la sexualidad, la organización de la Iglesia y hasta su misma doctrina) es totalmente absurdo tratar el fenómeno de los abusos desde una perspectiva sincrónica, como hace el estudio, y no diacrónica teniendo en cuenta esta evolución, perspectiva por otra parte muy difícil dada la naturaleza de la materia y el secretismo en torno a ella.
Ciertamente, un estudio histórico sería de inmenso valor y complementaría a un estudio sincrónico de la situación presente, pero teniendo en cuenta las diferencias entre ambos. Aquí, sin embargo, no se hace tal discriminación. Nos hallamos, por el contrario, con juicios y recomendaciones que no derivan de los datos aportados ni de ninguna otra fuente científica, sino que son simplemente «prejuicios» en el sentido más puro y estricto de este término.
No nos alargaremos aquí más en nuestras observaciones personales acerca de este estudio. Quien quiera profundizar en él puede acudir al texto original*, de casi 400 páginas. También es altamente recomendable el ya citado artículo del Dr. Lütz**, una crítica mucho más sistemática y exhaustiva y también mucho mejor fundamentada que la nuestra. Los textos están en alemán, pero quien disponga de un buen programa informático de traducción, aun sin saber este idioma podrá hacerse una idea aproximada de su contenido y ampliar su información al respecto.
*https://www.dbk.de/fileadmin/redaktion/diverse_downloads/dossiers_2018/MHG-Studie-gesamt.pdf
Las cifras de casos presentadas por el estudio no son necesariamente reales, sino una aproximación hipotética, en teoría estadísticamente representativa Share on X