La nueva Ley de eutanasia aprobada el pasado mes de marzo por el Gobierno bipartito del PSOE y Podemos propone un nuevo contexto para la medicina. Una nueva medicina que viene, que tiene como objetivo matar bien.
Eso es lo que quiere proponer el último Manual de Buenas Prácticas sobre eutanasia, que ha hecho público el Ministerio de Sanidad para dar contexto ideológico a la La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
Recientemente diferentes comunidades autónomas como la de Castilla La Mancha han presentado su propaganda informativa que promueve la eutanasia, a pesar de como comentaba en COPE el presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos constataba que los médicos «no estaban listos» para la eutanasia ni «logística» ni «técnicamente».
El Manual de Buenas Prácticas en medicina del Ministerio de Sanidad explica a través de varios puntos las diferentes secciones y fases de la Ley. Entre ellas destacan las «Funciones de los profesionales sanitarios», el «Equipo asistencial», los «Requisitos para solicitar la prestación de ayuda para morir», el «Proceso deliberativo con el/la médico/a responsable», la «Prestación del consentimiento informado», el «Informe del médico/a consultor/a», la «Verificación previa de la Comisión de Garantías y Evaluación», la «Realización de la prestación de ayuda para morir», el «El documento de instrucciones previas o documento análogo», el «Acceso a las personas con discapacidad», el «Certificado de defunción» o las «Recomendaciones sobre la objeción de conciencia» (aunque, incomprensiblemente, aunque esta parte se menciona, no se desarrolla.
Los requisitos, según explica el Manual son:
- Tener la nacionalidad española (o residencia legal o contar con un certificado de empadronamiento superior a los 12 meses), ser mayor de edad y tener capacidad y conciencia en el momento de la solicitud.
- Disponer por escrito de la información referente al proceso médico, incluida la posibilidad de cuidados paliativos.
- Formular dos solicitudes por escrito, de manera voluntaria y con una separación de 15 días naturales entre ellas.
- Padecer una enfermedad grave e incurable en los términos que recoge la Ley.
- Prestar consentimiento informado previo, que debe incluirse en la historia clínica.
- En caso de que la persona no se encuentre en pleno uso de sus facultades ni pueda prestar consentimiento, y así lo certifique su médico responsable, únicamente podrá acceder a este derecho si con anterioridad hubiere suscrito un documento de voluntades anticipadas, en cuyo caso se podrá prestar la ayuda a morir conforme a lo dispuesto en dicho documento.
Sobre el primer informe del médico para aprobar la eutanasia se afirma: «Una vez admitida la primera solicitud de prestación de ayuda para morir, el médico/a responsable iniciará el proceso deliberativo con el paciente, explicándole las diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluida la de acceder a cuidados paliativos integrales comprendidos en la cartera común de servicios y a las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia».
Y prosigue: «Para que el/la paciente pueda tomar una decisión autónoma y fundamentada en el conocimiento sobre su proceso médico, el médico/a responsable deberá facilitar al paciente la información sobre su proceso médico por escrito en los tres días naturales siguientes al inicio del proceso deliberativo».
En cuanto a los criterios en cuanto a la forma y el tiempo de realización se especifica que «la prestación de ayuda para morir debe hacerse con el máximo cuidado y profesionalidad por parte de los profesionales sanitarios. En el caso de que el paciente se encuentre consciente, este deberá comunicar al médico/a responsable la modalidad en la que quiere recibir la prestación de ayuda para morir».
En definitiva, un documento que establece esta lamentable práctica en la medicina con todas las contradicciones que suscita y que crea un contexto médico y un proceso que coloca a España entre los países líderes de la cultura de la muerte.
El presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos constataba que los médicos no estaban listos para la eutanasia ni logística ni técnicamente Share on X
2 Comentarios. Dejar nuevo
A LAS NACIONES LIDERES (INCLUYENDO A SUS PROMOTORES)EN LA CULTURA DE LA MUERTE;:
1- DEBERIAN DE PRACTICAR CON EL EJEMPLO ELLOS PRIMERO, PARA VER QUE SUCEDE CON SUS CERCANOS SEGUIDORES.
2- DESPUES CON SUS FAMILIARES Y CIRCULOS SOCIALES QUE FRECUENTAN EN LOS CUALES SON BIEN ACEPTADOS.
3- SEGUIR DE CERCA A TODOS ELLOS Y ELABORAR UN REGISTRO REAL-ACTUAL PARA DAR SEGUIMIENTO DE SU TRAYECTORIA EN ESTE CAMPO.
Era 1953 cuando se publicaba un libro del poeta Rafael Alberti que contenía la “Balada para los poetas andaluces de hoy” que a finales de los años 60 hizo popular el grupo Aguaviva y que veinte años más tarde interpretó Rosa León. Los poetas “cantan, y cuando cantan parece que están solos”, oíamos. Y se nos interpelaba: “¿No habrá ya quien responda a la voz del poeta?
Eso mismo me digo hoy.
Alguien pensará o dirá: “Y tú ¿qué haces aparte de quejarte?”
Entre otras cosas, desde mediados de los años ochenta publico libros de poemas. El desmoronamiento —social, de país y en bastantes casos individual— es uno de los temas más presentes en esos poemarios.
Por eso, hace tiempo me pregunto “¿Tantas cosas han muerto que no hay más que el poeta?”