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La política anticatólica de la Generalitat por los bienes inmatriculados

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La Generalitat de Cataluña ha publicado una página web por medio de la cual despliega una política claramente anticatólica sobre el proceso de bienes inmatriculados de la Iglesia.

El vicepresidente de la Generalitat, Pere Aragonés y la consejera de Justicia Esther Capella, presentaron con una notable exhibición escenográfica el listado de las inmatriculaciones de la Iglesia en Cataluña, a la vez que anunciaban la creación de una Oficina de Mediación, en un intento de que los particulares formularan sus reclamaciones. Como es habitual en estos casos, la televisión pública catalana TV-3 acentuó el castigo presentando una información en la que se justificaba que las inmatriculaciones eran arbitrarias.

La web representa un escándalo mayúsculo al poner a disposición del que lo desee la información sobre los bienes immatriculados de la Iglesia, concretamente, de las inscripciones hechas entre 1946 y 2015 con un único fin: crear una Oficina de Mediación sobre inmatriculaciones, un servicio del Centro de Mediación de Cataluña, «dirigido a la Iglesia y a las personas y entidades que reclaman la propiedad de los bienes immatriculados sin título de propiedad» según afirma la propia página web de la Generalitat.

El escándalo estriba en que, además de esa iniciativa insólita, incluye numerosas parroquias, incluso algunas catedrales como la Catedral de Barcelona, la Basílica de Santa Maria del Mar o la Catedral de Girona.

En ese sentido, la Conferencia Episcopal Tarraconense ha puntualizado las informaciones aparecidas al respecto a través de un comunicado contundente.

Los bienes inmatriculados, un proceso «sin privilegios»

En el mismo, la CET afirma que las diez Diócesis con sede en Cataluña que forman la Conferencia Episcopal Tarraconense, siempre han seguido «el proceso legal vigente sin buscar privilegios». «No han actuado en ningún momento de manera arbitraria y han documentado todo lo que les constaba como propio. La Iglesia no se ha apropiado de nada que no fuera suyo», afirma.

Asimismo, explica que hay que tener en cuenta que una inmatriculación «es la primera inscripción de una finca en el Registro de la Propiedad y es necesario que ningún particular o entidad la tuviera registrada antes», por lo que «cada vez que una Diócesis ha registrado un inmueble, ha presentado la documentación de prueba de la titularidad eclesial, de acuerdo siempre con la legalidad vigente, y con la supervisión profesional de los técnicos del Catastro y de los Registradores de la propiedad».

El documento explica que las inmatriculaciones han llevado a cabo después de que entre 1861 y 1998 no se pudieran inscribir templos destinados al culto católico, «porque se consideraba de pública notoriedad el dominio de la Iglesia sobre aquellos templos». «En 1998 se consideró inconstitucional esta prohibición y se pudieron registrar los bienes hasta el 2015 con la forma legal de inscripción por «certificación»», asegura.

La CET no descarta que en el caso de posibles errores en las inmatriculaciones, las Diócesis con sede en Cataluña «están abiertas al diálogo con los interesados y a resolverlo de forma amistosa. Si no hubiera acuerdo, siempre se podría recurrir a los tribunales de justicia competentes».

Asimismo, el comunicado explica que «los bienes inmatriculados han estado y están a disposición de los fieles, ya que no pertenecen a ningún párroco u obispo a título personal, pues sólo son administradores de estos bienes. Estas propiedades son de las comunidades de fieles cristianos y están al servicio del conjunto de la sociedad».

 

La televisión pública catalana TV-3 acentuó el castigo presentando una información en la que se justificaba que las inmatriculaciones eran arbitrarias Share on X

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