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La persona humana en el ‘Catecismo de la Iglesia Católica y en el Código de derecho canónico’

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 La semejanza que tiene el hombre con Dios es precisamente su condición de persona.

La filosofía tradicional ha recogido la definición de persona que dio Boecio (Roma, c. 480 – Pavía, 524/525) en su tratado acerca de la persona de Cristo: Sustancia individual de naturaleza racional (rationalis naturae individua substantia, De duabus naturis et una persona Christi, c.3) y que posteriormente recogió santo Tomás.

Al decir que la persona es una sustancia indica que se trata de un ser que es en sí mismo y no en otro. Se le califica como individual para denotar que constituye una unidad, distinta de cualquier otra. Pero lo que la distingue o especifica de otras sustancias, como podría ser una roca o un animal, es su naturaleza racional, que hace que ella tenga una existencia completamente original en comparación con cualquier otra sustancia individual o sujeto.

Cuando reflexiona sobre el fundamento último de cada ser humano, el padre Carlos Cardona Pescador (1930-1993) explica que es la “propiedad privada” de su acto de ser lo que lo constituye propiamente como persona y lo diferencia de cualquier otra parte del universo. Esta propiedad comporta su singular relación a Dios: relación predicamental, que sigue al acto de ser, a su efectiva creación, señalándolo como alguien delante de Dios y para siempre; indicando así su fin en la unión personal y amorosa con Él, que es su destino eterno y el sentido exacto de su historia en la tierra y en el tiempo.

Naturaleza humana y persona humana no son dos nociones contradictorias, sino complementarias. La noción de naturaleza o esencia atiende a lo que es común, por lo que cabe afirmar que todos los hombres tienen la misma naturaleza y son por ello esencialmente iguales. En cambio, a partir de la idea de persona, cabe afirmar que cada ser humano es único, distinto de todos los demás.

Al hombre se le llama persona porque es radicalmente diferente de los demás sujetos de cualquier naturaleza no racional. Lo distintivo de este sujeto es que tiene un dominio sobre sus operaciones radicalmente superior del que tiene cualquier otro individuo vivo vegetal o animal. Los vegetales son dueños únicamente de la operación, en el sentido de que ellos la realizan; los animales se apropian además, gracias al conocimiento, de la causa de sus operaciones, y los vivientes racionales son dueños también del fin de sus operaciones. Esta posibilidad que tienen los seres racionales de dirigir sus operaciones a fines libremente elegidos es lo que manifiesta la radical diferencia entre el actuar de un sujeto meramente sensitivo o animal y el actuar de la persona.

Ser alguien o ser persona, consiste en ser quien se es (ser el único que cada cual es) siendo para otros (prestando el servicio que cada cual, y solo él, puede prestar). En ese sentido, la persona se va haciendo a sí misma, va configurando su rostro a lo largo de su vida. Este hacerse a sí misma es también una manifestación de la autoposesión y del autogobierno que ejerce sobre sí misma.

El hombre es persona, es decir, dotado de razón y de voluntad libre, y enriquecido por tanto con una responsabilidad personal, y no solo individuo; la persona no está finalizada por la especie: el hombre es un ser social pero no tiene fines exclusivamente personales.

El hombre es un ser de la naturaleza pero, al mismo tiempo, la trasciende. Comparte con los demás seres naturales todo lo que se refiere a su ser material, pero se distingue de ellos porque posee unas dimensiones espirituales que le hacen ser una persona.

De acuerdo con la experiencia, la doctrina cristiana afirma que en el hombre existe una dualidad de dimensiones, las materiales y las espirituales, en una unidad de ser, porque la persona humana es un único ser compuesto de cuerpo y alma. Además, afirma que el alma espiritual no muere y que está destinada a unirse de nuevo con su cuerpo al fin de los tiempos.

El hombre es persona, no es simplemente una cosa. La persona tiene una dignidad única: nadie puede sustituirla en lo que es capaz de hacer como persona. Y solo entre personas puede darse la amistad y el amor. “Por haber sido hecho a imagen de Dios, el ser humano tiene la dignidad de persona; no es solamente algo, sino alguien. Es capaz de conocerse, de poseerse y de darse libremente y entrar en comunión con otras personas; y es llamado, por la gracia, a una alianza con su Creador, a ofrecerle una respuesta de fe y de amor que ningún otro ser puede dar en su lugar” (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 357).

La creación material encuentra su sentido en el hombre, única criatura natural que es capaz de conocer y amar a Dios, y, de este modo, conseguir ser feliz. El mundo material hace posible la vida humana, y sirve de cauce para su desarrollo. Por eso, la Iglesia afirma que “Dios creó todo para el hombre (cf. Conc. Vaticano II, Const. Gaudium et spes, 12, 1; 24, 3; 39, 1), pero el hombre fue creado para servir y amar a Dios y para ofrecerle toda la creación” (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 358).

Todo hombre es llamado a la filiación divina por la gracia, es decir, a participar de la misma vida divina. Por esto la Gaudium et spes puede afirmar que el hombre es la única criatura terrestre a la que Dios ha amado por sí misma y que no puede encontrar su propia plenitud si no es en la entrega sincera de sí mismo a los demás.

Al ser el amor el fundamento y el sentido último de la libertad, su acto más radical y propio, un avance definitivo en la línea instaurada por Boecio (filósofo y poeta latino romano), es el que lleva a definir a la persona como principio o término, como sujeto y objeto, de amor. En este sentido, afirma con vigor el padre Carlos Cardona (fi­lósofo, teólogo y poeta): “El hombre, terminativa y perfectamente hombre, es amor. Y si no es amor, no es hombre, es hombre frustrado, autorreducido a cosa”.

Necesitamos verdades fuertes sobre el hombre, pero no cualquier tipo de verdades fuertes. El hombre no es puro instinto, ni un simple engranaje del sistema productivo, ni una célula utilizada por el gran cuerpo de la sociedad.

Hay mucho más en cada hombre. Hay un alma, un espíritu, que no termina con la muerte, que empieza a vivir un día y camina hacia la plenitud de lo infinito. Vale cada ser humano, pobre o rico, grande o pequeño, sano o enfermo, nacido o sin nacer, del norte o del sur, porque cada uno tiene algo de divino, un soplo de Dios.

Dijo Dios: “Hagamos al hombre a nuestra imagen y semejanza. Que tenga autoridad sobre los peces del mar y sobre las aves del cielo, sobre los animales del campo, las fieras salvajes y los reptiles que se arrastran por el suelo” (Gn 1, 26). En el siguiente versículo se dice: “Y creó Dios al hombre a su imagen. A imagen de Dios lo creó. Varón y mujer los creó” (Gn 1, 27). Y en el versículo 28 se dice: “Dios los bendijo, diciéndoles: ‘Sean fecundos y multiplíquense. Llenen la tierra y sométanla. Tengan autoridad sobre los peces del mar, sobre las aves del cielo y sobre todo ser viviente que se mueve sobre la tierra’” (Gn 1, 28).

El hombre es la única criatura hecha a imagen y semejanza de Dios.

Que el hombre es imagen de Dios significa, ante todo, que es capaz de relacionarse con Él, que puede conocerle y amarle, que es amado por Dios como persona.

El libro del Génesis (Gn) es extraordinariamente preciso: definiendo al hombre como “imagen de Dios”, pone en evidencia aquello por lo que el hombre es hombre, aquello por lo que es un ser distinto de todas las demás criaturas del mundo visible.

El hombre es imagen de Dios. Es persona a imagen de las personas divinas. Un ser inteligente y libre, capaz de bien y de amor, y que se realiza amando, a imagen de las personas divinas.

En definitiva, “el hombre creado a imagen de Dios es un ser a la vez corporal y espiritual, o sea, un ser que por una parte está unido al mundo exterior y por otra lo trasciende: en cuanto espíritu, además de cuerpo es persona. Esta verdad sobre el hombre es objeto de nuestra fe, como también lo es la verdad bíblica sobre su constitución a ‘imagen y semejanza’ de Dios; y es una verdad constantemente presentada, a lo largo de los siglos, por el Magisterio de la Iglesia” (san Juan Pablo II, audiencia general, 16.IV.1986).

Catecismo de la Iglesia Católica

 II “Corpore et anima unus”

362 La persona humana, creada a imagen de Dios, es un ser a la vez corporal y espiritual. El relato bíblico expresa esta realidad con un lenguaje simbólico cuando afirma que “Dios formó al hombre con polvo del suelo e insufló en sus narices aliento de vida y resultó el hombre un ser viviente” (Gn 2, 7). Por tanto, el hombre en su totalidad es querido por Dios.

363 A menudo, el término alma designa en la Sagrada Escritura la vida humana (cf. Mt 16, 25-26; Jn 15, 13) o toda la persona humana (cf. Hch 2, 41). Pero designa también lo que hay de más íntimo en el hombre (cf. Mt 26, 38; Jn 12, 27) y de más valor en él (cf. Mt 10, 28; 2M 6, 30), aquello por lo que es particularmente imagen de Dios: “alma” significa el principio espiritual en el hombre.

364 El cuerpo del hombre participa de la dignidad de la “imagen de Dios”: es cuerpo humano precisamente porque está animado por el alma espiritual, y es toda la persona humana la que está destinada a ser, en el Cuerpo de Cristo, el templo del Espíritu (cf. 1 Co 6, 19-20; 15, 44-45):

“Uno en cuerpo y alma, el hombre, por su misma condición corporal, reúne en sí los elementos del mundo material, de tal modo que, por medio de él, estos alcanzan su cima y elevan la voz para la libre alabanza del Creador. Por consiguiente, no es lícito al hombre despreciar la vida corporal, sino que, por el contrario, tiene que considerar su cuerpo bueno y digno de honra, ya que ha sido creado por Dios y que ha de resucitar en el último día” (GS 14,1).

365 La unidad del alma y del cuerpo es tan profunda que se debe considerar al alma como la “forma” del cuerpo (cf. Concilio de Vienne, año 1312, DS 902); es decir, gracias al alma espiritual, la materia que integra el cuerpo es un cuerpo humano y viviente; en el hombre, el espíritu y la materia no son dos naturalezas unidas, sino que su unión constituye una única naturaleza.

366 La Iglesia enseña que cada alma espiritual es directamente creada por Dios (cf. Pío XII, Enc. Humani generis, 1950: DS 3896; Pablo VI, Credo del Pueblo de Dios, 8) —no es “producida” por los padres—, y que es inmortal (cf. Concilio de Letrán V, año 1513: DS 1440): no perece cuando se separa del cuerpo en la muerte, y se unirá de nuevo al cuerpo en la resurrección final.

367 A veces se acostumbra a distinguir entre alma y espíritu. Así san Pablo ruega para que nuestro “ser entero, el espíritu […], el alma y el cuerpo” sea conservado sin mancha hasta la venida del Señor (1 Ts 5, 23). La Iglesia enseña que esta distinción no introduce una dualidad en el alma (Concilio de Constantinopla IV, año 870: DS 657). “Espíritu” significa que el hombre está ordenado desde su creación a su fin sobrenatural (Concilio Vaticano I: DS 3005; cf. GS 22, 5), y que su alma es capaz de ser sobreelevada gratuitamente a la comunión con Dios (cf. Pío XII, Humani generis, año 1950: DS 3891).

368 La tradición espiritual de la Iglesia también presenta el corazón en su sentido bíblico de “lo más profundo del ser” “en sus corazones» (Jr 31, 33), donde la persona se decide o no por Dios (cf. Dt 6, 5; 29, 3;Is 29, 13; Ez 36, 26; Mt 6, 21; Lc 8, 15; Rm 5, 5).

Código de derecho canónico

Se adquiere la personalidad en el derecho de la Iglesia por el bautismo, con los deberes y derechos propios del cristiano.

Una vez establecidas estas premisas, se puede indicar quiénes son persona en derecho canónico. El canon 96 nos lo dice: “Por el bautismo, el hombre se incorpora a la Iglesia de Cristo y se constituye persona en ella, con los deberes y derechos que son propios de los cristianos, teniendo en cuenta la condición de cada uno, en cuanto estén en la comunión eclesiástica y no lo impida una sanción legítimamente impuesta”.

Por lo tanto, se adquiere la personalidad en el derecho de la Iglesia por el bautismo. Al recibir este sacramento se constituye en persona, con los deberes y derechos propios del cristiano. Pero hacen falta además una aclaración: no todos los bautizados son persona, sino que deben cumplir dos requisitos: estar en comunión eclesiástica y no haber sido castigado con una sanción que impida el ejercicio de la personalidad.

 

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